Regularización de Vivienda por Vía Normal – Obra Mayor hasta 100 m²
Descripción
Servicio profesional de regularización de vivienda por Vía Normal para edificaciones o ampliaciones mayores a 100 m², que no califican a Ley del Mono y deben ser tramitadas conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).
El servicio contempla el desarrollo del expediente técnico completo y el patrocinio arquitectónico del proyecto, incluyendo el ingreso del expediente ante la Dirección de Obras Municipales (DOM) correspondiente.
Este servicio está dirigido a viviendas que, por su superficie, configuración, antigüedad o condiciones normativas, requieren una regularización por vía ordinaria, con revisión técnica integral y cumplimiento estricto de la normativa vigente.
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Regularización de Vivienda por Vía Normal – Obra Mayor a 100 m²
En estos casos, la normativa vigente exige que la regularización se tramite por Vía Normal, conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y el criterio técnico de la Dirección de Obras Municipales (DOM).
Este tipo de regularización requiere mayor nivel técnico, puede involucrar especialidades certificadas y está sujeta a revisión exhaustiva por parte de la autoridad municipal.
Este servicio no corresponde a una asesoría, ni a una gestión informal, sino a un proceso técnico completo de regularización por vía normal.
El servicio incluye, entre otros:
- Revisión de antecedentes previos.
- Coordinación de visita presencial a la propiedad.
- Levantamiento arquitectónico completo de la vivienda o ampliación.
- Registro fotográfico y audiovisual como respaldo técnico.
- Desarrollo técnico en oficina:
• Reconstrucción técnica de la edificación existente.
• Elaboración de planos de arquitectura conforme a LGUC y OGUC.
• Preparación y organización del expediente de regularización. - Coordinación con calculista y especialistas certificados (previo contacto del propietario).
- Ingreso del expediente ante la Dirección de Obras Municipales.
- Patrocinio arquitectónico del proyecto por parte de Portificio Studio.
- Certificado de factibilidad y dotación.
- Cálculo estructural, memoria de cálculo y patrocinio del calculista.
- Especialidades certificadas (eléctrica, sanitaria u otras).
- Derechos municipales, tasas o aranceles exigidos por la DOM.
- Costos de impresión y ploteo.
- Cualquier pago requerido por entidades externas o profesionales terceros.
Todos estos costos deben ser asumidos directamente por el propietario.
Dichas observaciones serán evaluadas, respondidas y gestionadas por Portificio Studio, en su calidad de profesional patrocinante, siempre que se encuentren dentro del alcance del servicio contratado.
En caso de que las observaciones requieran:
- Nuevas especialidades,
- Recálculos estructurales,
- Modificaciones fuera del alcance original,
estos trabajos deberán ser cotizados y contratados de manera independiente.
- Realización del levantamiento arquitectónico.
- Entrega completa de antecedentes por parte del propietario.
- Disponibilidad de la documentación de especialidades cuando corresponda.
Este plazo no considera los tiempos de revisión, observaciones ni resoluciones de la Dirección de Obras Municipales, los cuales son externos a Portificio Studio.
Este servicio corresponde a una obligación de medios, no de resultado.
Portificio Studio se compromete a desarrollar el expediente técnico y ejercer el patrocinio profesional conforme a la normativa vigente.
La aprobación final del expediente depende exclusivamente del cumplimiento normativo del inmueble y del criterio técnico de la Dirección de Obras Municipales, por lo que no puede ser garantizada.
Una vez contratado el servicio:
- Recibirás por correo electrónico el documento informativo y el contrato del servicio.
- Se coordinará la visita de levantamiento arquitectónico.
- Se solicitarán los antecedentes necesarios para el desarrollo del expediente.
- Se iniciará el desarrollo técnico del proyecto conforme a las condiciones contratadas, según conclusiones de Informe Técnico Previo.
- Finalizado el expediente, se ingresará ante la Dirección de Obras Municipales correspondiente.