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Regularización de Vivienda por Vía Normal – Obra Mayor hasta 100 m²

Duration
3 hours
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Descripción

Servicio profesional de regularización de vivienda por Vía Normal para edificaciones o ampliaciones mayores a 100 m², que no califican a Ley del Mono y deben ser tramitadas conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC).

El servicio contempla el desarrollo del expediente técnico completo y el patrocinio arquitectónico del proyecto, incluyendo el ingreso del expediente ante la Dirección de Obras Municipales (DOM) correspondiente.

Este servicio está dirigido a viviendas que, por su superficie, configuración, antigüedad o condiciones normativas, requieren una regularización por vía ordinaria, con revisión técnica integral y cumplimiento estricto de la normativa vigente.

Regularización de Vivienda por Vía Normal – Obra Mayor a 100 m²

Condiciones legales y administrativas del servicio
Esta regularización corresponde a una obra mayor a 100 m², a una vivienda completa o a una ampliación que no cumple con los requisitos establecidos en la Ley N° 20.898 (Ley del Mono).


En estos casos, la normativa vigente exige que la regularización se tramite por Vía Normal, conforme a la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC), la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (OGUC) y el criterio técnico de la Dirección de Obras Municipales (DOM).

Es un procedimiento administrativo mediante el cual se reconstruye técnicamente una edificación existente y se ingresa un expediente completo de regularización ante la Dirección de Obras Municipales, cumpliendo con todas las exigencias normativas aplicables a una obra mayor.


Este tipo de regularización requiere mayor nivel técnico, puede involucrar especialidades certificadas y está sujeta a revisión exhaustiva por parte de la autoridad municipal.

Estás contratando un servicio profesional de arquitectura, que comprende el levantamiento, desarrollo técnico, organización e ingreso del expediente de regularización, junto con el patrocinio arquitectónico del proyecto, conforme a la normativa vigente.


Este servicio no corresponde a una asesoría, ni a una gestión informal, sino a un proceso técnico completo de regularización por vía normal.

El servicio incluye, entre otros:


  • Revisión de antecedentes previos.
  • Coordinación de visita presencial a la propiedad.
  • Levantamiento arquitectónico completo de la vivienda o ampliación.
  • Registro fotográfico y audiovisual como respaldo técnico.
  • Desarrollo técnico en oficina:

    • Reconstrucción técnica de la edificación existente.
    • Elaboración de planos de arquitectura conforme a LGUC y OGUC.
    • Preparación y organización del expediente de regularización.
  • Coordinación con calculista y especialistas certificados (previo contacto del propietario).
  • Ingreso del expediente ante la Dirección de Obras Municipales.
  • Patrocinio arquitectónico del proyecto por parte de Portificio Studio.
No se encuentran incluidos en el valor del servicio:


  • Certificado de factibilidad y dotación.
  • Cálculo estructural, memoria de cálculo y patrocinio del calculista.
  • Especialidades certificadas (eléctrica, sanitaria u otras).
  • Derechos municipales, tasas o aranceles exigidos por la DOM.
  • Costos de impresión y ploteo.
  • Cualquier pago requerido por entidades externas o profesionales terceros.

Todos estos costos deben ser asumidos directamente por el propietario.

La Dirección de Obras Municipales puede formular observaciones al expediente ingresado.


Dichas observaciones serán evaluadas, respondidas y gestionadas por Portificio Studio, en su calidad de profesional patrocinante, siempre que se encuentren dentro del alcance del servicio contratado.


En caso de que las observaciones requieran:


  • Nuevas especialidades,
  • Recálculos estructurales,
  • Modificaciones fuera del alcance original,

estos trabajos deberán ser cotizados y contratados de manera independiente.

El plazo máximo para la elaboración del expediente técnico es de hasta 30 días hábiles, contados desde que se cumplan todas las condiciones necesarias, entre ellas:


  • Realización del levantamiento arquitectónico.
  • Entrega completa de antecedentes por parte del propietario.
  • Disponibilidad de la documentación de especialidades cuando corresponda.

Este plazo no considera los tiempos de revisión, observaciones ni resoluciones de la Dirección de Obras Municipales, los cuales son externos a Portificio Studio.

No.


Este servicio corresponde a una obligación de medios, no de resultado.

Portificio Studio se compromete a desarrollar el expediente técnico y ejercer el patrocinio profesional conforme a la normativa vigente.


La aprobación final del expediente depende exclusivamente del cumplimiento normativo del inmueble y del criterio técnico de la Dirección de Obras Municipales, por lo que no puede ser garantizada.

Una vez contratado el servicio:


  1. Recibirás por correo electrónico el documento informativo y el contrato del servicio.
  2. Se coordinará la visita de levantamiento arquitectónico.
  3. Se solicitarán los antecedentes necesarios para el desarrollo del expediente.
  4. Se iniciará el desarrollo técnico del proyecto conforme a las condiciones contratadas, según conclusiones de Informe Técnico Previo.
  5. Finalizado el expediente, se ingresará ante la Dirección de Obras Municipales correspondiente.

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