Regularización de Vivienda por Vía Normal
LGUC · OGUC · Procedimiento Ordinario ante la DOM
La regularización por vía normal corresponde al procedimiento ordinario establecido por la Ley General de Urbanismo y Construcciones (LGUC) y su Ordenanza General (OGUC), aplicable a viviendas y ampliaciones que no pueden acogerse a la Ley N° 20.898 (Ley del Mono).
Este tipo de regularización exige un mayor respaldo técnico y normativo, y debe abordarse con criterio arquitectónico desde el inicio
¿Qué es la regularización por vía normal?
La regularización por vía normal es el proceso mediante el cual una vivienda o ampliación existente obtiene su recepción final cumpliendo íntegramente con la normativa urbanística y constructiva vigente.
A diferencia de la Ley del Mono, este procedimiento:
- No es excepcional
- No simplifica requisitos por antigüedad
- Exige cumplimiento normativo completo
- Puede requerir cálculo estructural y especialidades certificadas
Por esta razón, es fundamental evaluar correctamente el caso antes de iniciar el trámite.
¿Cuándo corresponde regularizar por vía normal?
La regularización por vía normal corresponde, entre otros casos, cuando:
- La vivienda no cumple los requisitos de la Ley del Mono.
- La superficie excede los límites permitidos por la Ley N° 20.898.
- Existen ampliaciones posteriores que alteran el volumen original.
- La DOM exige tramitación por procedimiento ordinario.
- El inmueble presenta una complejidad técnica mayor.
En estos casos, no existe alternativa simplificada, y la regularización debe realizarse conforme a LGUC y OGUC.
Importancia del Informe Técnico Previo
Antes de iniciar una regularización por vía normal, es obligatorio contar con un Informe Técnico Previo favorable, que permita:
- Confirmar que la vivienda es regularizable.
- Determinar el alcance real del proyecto.
- Identificar requisitos técnicos exigidos por la DOM.
- Definir correctamente la superficie a regularizar.
En Portificio Studio no ingresamos expedientes por vía normal sin diagnóstico previo
Escenarios de regularización por Vía Normal
En función de la superficie total de la vivienda o ampliación, distinguimos dos escenarios claramente definidos:
Vía Normal – Obra menor a 100m²
Aplica a viviendas o ampliaciones cuya superficie total a regularizar es inferior a 100 m², pero que no califican para la Ley del Mono. Este escenario, aunque más acotado que otros, igualmente requiere un expediente completo de arquitectura y cumplimiento normativo.
Vía Normal – Obra mayor a 100m²
Aplica a viviendas o ampliaciones cuya superficie total a regularizar es superior a 100 m², lo que implica un mayor nivel de exigencia técnica y normativa. Estos casos suelen requerir coordinación con profesionales externos y un control riguroso del expediente.
Puedes revisarlos aquí
¿Qué debes considerar antes de avanzar?
La regularización por vía normal puede requerir, según el caso:
- Cálculo y memoria estructural.
- Especialidades certificadas (eléctrica u otras).
- Certificados de factibilidad y dotación.
⚠️ Estos servicios no están incluidos y deben ser contratados directamente por el propietario, aunque Portificio Studio integra la documentación al expediente de arquitectura.
Un proceso exigente, pero bien dirigido
Regularizar por vía normal no es rápido ni automático.
Pero cuando se aborda con criterio técnico, planificación y respaldo profesional, es un proceso claro y defendible.
Ese es el enfoque de Portificio Studio:
arquitectura aplicada con responsabilidad, método y transparencia.
¿No sabes si tu vivienda debe regularizarse por vía normal?
No te preocupes.
El Informe Técnico Previo está diseñado precisamente para eso:
evaluar tu vivienda, definir la vía legal correcta y orientarte con claridad sobre los siguientes pasos.